top of page
Foto del escritorEquipo Hojman & Schunck

Nuevos requisitos para las publicaciones de cesiones de cuotas en la SRL



La Inspección General de Justicia dictó normativa, con destino a las Sociedades de Responsabilidad Limitada, tendiente determinar el contenido de los edictos que se deberán publicar en el caso de la cesión de cuotas sociales. Todo esto en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


La resolución 10/2021 de la IGJ (BO 21/7/2021) estableció que el régimen de transferencia de las cuotas en que se divide el capital de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, estará alcanzada por nuevos requisitos de publicidad para la misma.


Con la publicidad ahora requerida se intenta que cualquiera fuere la circunstancia que motivara la transmisión de las cuotas, se brinde información precisa y detallada donde se identifique la titularidad de las cuotas sociales, para contemplar el acceso a la información, de manera preventiva, para los acreedores particulares de los socios, en interpretación de los alcances del Art. 57 de la ley 19.550.


Concretamente, ahora- además de los requisitos anteriormente establecidos- el Art. 1° de la resolución 10/21 indica que se deberá expresar en el edicto a publicarse la cifra del capital social, la cantidad y valor nominal de las cuotas en que el mismo se divide, la individualización del transferente, del adquirente, y de la cantidad de cuotas que se transfieren o adjudican.

Esta resolución entró en vigencia para los trámites que se inicien a partir de la publicación que ya se realizó en el boletín oficial, esto es, para los iniciados luego del 21/07/2021.


Fdo. Equipo Hojman & Schunck Abogados


Este artículo no puede ser tomado como una opinión jurídica vinculante y en caso de ser requerido Ud. debe acudir a la consulta del profesional del derecho de su confianza.

126 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo

תגובות


bottom of page